Supervisión técnica en materia de Protección Civil
- Modalidad: N/A.
- Homoclave: N/A.
- Sujeto obligado responsable de la aplicación: Dirección de Protección Civil.
- Tipo: Inspección.
- Objetivo: El cumplimento de las medidas de seguridad en todo inmueble publico o privado con una actividad comercial y/o de servicios dentro del municipio.
- Periodicidad: Diaria.
- ¿Qué motiva la verificación?: El fomento de la cultura de la Protección Civil entre la población mediante su participación individual y colectiva.
- Fundamento jurídico:
- Art. 47 y 82 de La Ley Número 856 de Protección Civil y la Reducción de Riesgo de Desastres en el Estado de Veracruz
- Art. 31 Fracc. XI y 140 del Reglamento de Protección Civil para el Municipio Libre de Veracruz.
- Artículo 165 del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave..
- Bien, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria: El inmueble solicitante.
- Derechos del sujeto regulado:
- Derecho a solicitar la supervisión técnica en materia de Protección Civil.
- Derecho a solicitar asesoria y revisión.
- Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
- Permitir el acceso al inmueble.
- Tiene la obligación de contar con una Unidad Interna y Progama Interno de Proteccion Civil.
- Tiene la obligación de tramitar la anuencia de Proteccion Civil de su inmueble.
- Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
- ¿Corresponde a requisitos que son trámites o servicios o de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria?: NO
- ¿El inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria?: Deberá firmar el “Folio de la inspección”.
- Formato de “Folio de Inspección“.
- Duración: de 30 a 90 minutos.
- Pasos a realizar durante la Verificación:
- Los inspectores se presentan y se identifican con el personal del inmueble a supervisar.
- Se le explica al sujeto regulado el procedimiento de la supervisión técnica.
- Se realiza recorrido por las instalaciones verificando las medidas de seguridad.
- Se llena el folio de inspección correspondiente.
- Se le informa al sujeto obligado si el inmueble cumple o incumplen en materia de Seguridad de Protección Civil.
- Se hace entrega de la copia del folio de inspección al sujeto regulado.
- Sanciones que pudieran derivar de la verificación:
- No aplica.
- Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador:
- Identificarse debidamente ante el sujeto regulado.
- Portar el uniforme correctamente.
- Informar debidamente al sujeto regulado del procedimiento a realizar.
- Solicitar información pertinente del inmueble para la supervisión .
Autoridad Responsable: Dirección de Protección Civil . Telefónos: 2292002272 y 2292002273 .Domicilio: Edificio de Bomberos. Calle Zaragoza esquina I. López Rayón. Centro C.P. 91700. Veracruz, Ver.
proteccivil@veracruzmunicipio.gob.mx
Quejas y Denuncias: Contraloría Municipal Teléfono: (229)2002024 Domicilio: Palacio Municipal. 1er piso Calle Zamora casi esquina I. Zaragoza Centro C.P. 91700. Veracruz, Ver. contralor@veracruzmunicipio.gob.mx
- Nombre de los Servidores públicos facultados para realizarla
- Alejandro Méndez Sollozo.
- Carlos Michael Cruz Rubio.
- Constantino Marín Lopez.
- Armando Samperio Hernández.
- José Manuel Arias Merino.
- Mario Adán Arrieta García.
- Jesús Jahín Díaz.
- Álvaro Flores Sollozo.
- William Hernández Burgos.
- Christian Eduardo Martínez Vázquez Constantino Marín Lopez.
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