Visita de Inspección (Comercio)
- Modalidad: N/A.
- Homoclave: I-COM-VER-2282-COM-0003
- Sujeto obligado responsable de la aplicación. Dirección de Comercio.
- Tipo: Verificación.
- Objetivo: Aplicar y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el Reglamento de Comercio, Industrial y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz.
- Periodicidad: Permanente.
- ¿Qué motiva la Verificación?: Verificarque las unidades económicas cuenten cuenten los permisos.
- Fundamento jurídico:
- Artículos 8, 12, 16 fracciones III, X, XI, XIII, 19 fracciones II y IV, 95, 96, 97, 98, 99, 100 y 101 del Reglamento de Comercio, Industria y Espectáculos para el Municipio Libre de Veracruz.
- Artículos 162, al 174 del Código de Procedimientos administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
- Bien, elemento o sujeto de la verificación: Establecimientos Comerciales.
- Derechos del sujeto a verificar:
- Conocer en cualquier momento el estado que guardan los expedientes en los que acredite la condición de interesado;
- Identificar a la autoridad y al personal de la Dirección de Comercio responsable de la verificación.
- De ser el caso, obtener copia de acta que se elvante;
- Aportar las pruebas que estimen pertinentes y formular alegatos;
- Abstenerse de presentar documentos no exigidos por las normas aplicables;
- Obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las normas impongan las actuaciones o solicitudes que se propongan realizar; y
- Abstenerse de comparecer ante la autoridad cuando el citatorio no esté debidamente fundado.
- Obligaciones que debe cumplir el sujeto verificado:
- Inscribirse en el padrón municipal que les corresponda, dentro de los treinta días siguientes a aquél en que se realice la situación jurídica o de hecho de la cual se deriven obligaciones fiscales municipales y durante el mes de enero de cada ejercicio para los refrendos ante la Tesorería;
- Señalar domicilio fiscal en el Municipio que les corresponda y, en su caso, domicilio para recibir notificaciones;
- Presentar los avisos, declaraciones y cualquier otro documento de naturaleza análoga que dispongan las leyes, en las formas oficiales autorizadas ;
- Firmar todos los documentos dirigidos a las autoridades fiscales municipales;
- Mantener actualizados los documentos de control y cumplimiento de sus obligaciones fiscales, que deberán ser proporcionados cuando le sean requridos por la autoridad;
- Mostrar, a solicitud de la autoridad municipal, la cédula de empadronamiento, las licencias, permisos o autorizaciones originales, así como otros documentos diversos de la misma naturaleza de los anteriores que les sean requeridos;
- Devolver para su cancelación la cédula o documento de empadronamiento en caso de clausura, cese de actividades, cambio de giro, de nombre o razón social, de domicilio o traspaso, en el momento en que dichas circunstancias sean comunicadas a la autoridad municipal;
- Dar aviso a la Tesorería, en el término de treinta días hábiles posteriores, respecto del cese de actividades o de funcionamiento definitivo de su negociación, para su anotación correspondiente en el padrón fiscal del Municipio;
- Las demás que dispongan este Código, las leyes, reglamentos y ordenamientos aplicables.
- Regulaciones que debe cumplir el sujeto verificado:
- ¿Corresponde a requisitos que son trámites o servicios o de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria?: NO
- ¿El verificado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria?: NO
- Duración: de 15 a 30 minutos
- Pasos a realizar durante la verificación:
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- Sanciones que pudieran derivar:
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- Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador:
- Proporcionar al sujeto verificado la información completa y alcances de la misma.
- Nombre de los Servidores públicos facultados para realizarla:
- ALAN MAURICIO CISNEROS JACOME.
- ABEL EMILIANO LARA RIVERA.
- CÉSAR SINUE CISNEROS QUIJANO.
- JUAN GERARDO GONZALEZ ULIBARRI.
- SERGIO EDGARDO ROMERO FLORES.
- TALINA UGALDE LEYVA.
- JUAN CARLOS GONZÁLEZ AGUILAR.
- JOSÉ ROLANDO HERNÁNDEZ DURÁN.
- SERGIO LÓPEZ FUENTES.
- CLAUDIA GUADALUPE GONZÁLEZ ARAUJO.
- CARLO JAIR RANGEL MUÑOZ.
- EDSON AGUIRRE RAMÓN.
- IVONNE LICONA MARTINEZ.
- RODOLFO DÍAZ ZORRILLA.
- JOSÉ CAMILO MARCIAL SAJONA.
- DANIEL YEPEZ FERNANDEZ.
- PEDRO LEONARDO AGUILAR CRUZ.
- DALILA ESDEINI VEJARANO MORA.
- PEDRO FERNANDO GUERRERO ANZURES.
- ARMANDO CONTRERAS PRIETO.
- LUZ MARÍA LARA UTRERA.
- CARLOS ALBERTO LARA MONTERO.
- ÁNGEL CELERINO ORTIZ CRUZ.
- MARITZA PRIETO MORALES.
- GLORIA GARCIA BALLESTEROS.
- ZULEMA LAGUNES ORTEGA.
- RAÚL ÁNGEL PADILLA CAMARILLO.
- AMÉRICA RUIZ UTRERA.
- JORGE LUIS ZAYAS MORALES.
- ERIKA ESTIVALY CARMONA PÉREZ.
- NICOLAS SALDAÑA JIMENEZ.
- OSWALDO JUVENTINO LOIS PASCUAL.
- VANESSA LÓPEZ PEREDO.
- ELISA DORALY ABDELJALEK SEQUERA.
- VANESSA AGUILAR CRUZ.
- JOSÉ ANTONIO RAMOS HERNÁNDEZ.
- PEDRO LUIS PULIDO VALDERRAMA. .
Responsable: Direcclón de Comercio
Telefóno: (229) 2000 2064
Domicilio: Primero piso del Edificio Trigueros
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Quejas y Denuncias: Contraloría Municipal Teléfono: (229)2002024 Domicilio: Palacio Municipal. 1er piso Calle Zamora casi esquina I. Zaragoza Centro C.P. 91700. Veracruz, Ver. contralor@veracruzmunicipio.gob.mx
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